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12/09/2008 by avillanueva Deja un comentario

Como hacer un blog sin violar la ley de los derechos de autor y de propiedad intelectual

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abogados

Cuando usted escribe y publica un artículo la ley le da la protección legal que se llama en su conjunto derechos de autor.

Los derechos de autor engloba dos grupos de derechos:

1. Los derechos morales. Estos derechos básicamente consisten en el derecho que tiene un autor a ser reconocido como autor de la obra.

2. Los derechos patrimoniales. Este otro grupo de derechos consisten básicamente en el derecho a la explotación económica de la obra.

Si usted piensa hacer un blog debe tener por eso muy claro que no puede copiar textos íntegros de artículos de otras personas o de imágenes y ponerlas en su blog como si fueran obras propias dado que estaría cometiendo un «plagio» de la obra.

En internet es muy simple combatir el plagio dado que existe un procedimiento muy simple que usted puede iniciar y seguir vía online.

Todos los que tenemos un domino en internet, al comprar dicho servicio, nos sometemos a un arbitraje internacional donde cualquiera de nosotros puede ser llevado por un autor que considere que su obra ha sido plagiada, así que si usted considera que alguien está plagiando algún artículo suyo, puede iniciar ese proceso que puede concluir en la pérdida del dominio del infractor (el dominio es el nombre de su website como en nuestro caso www.TuAsesorVirtual.com). 

Si quiere saber más de dicho proceso de arbitraje de los dominios de internet, no dude en consultarnos.

Además si usted comete plagio también puede ser objeto de sanciones civiles y hasta penales.

Si usted piensa hacer un blog debe de tener por eso mucho cuidado en no violar los derchos de autor y una manera muy simple de no hacerlo es cumplir con las reglas del «derecho de cita» que le permiten citar otra obra sin violar los derechos de autor como a continuación explicamos.

En efecto, lo que se encuentra prohibido es el plagio pero yo sí me encuentro facultado a citar otra obra y reconocer en esa cita quien es el verdadero autor de la misma. Por eso si usted adiverte en varios websites o blogs usted puede leer como ese derecho de cita se cumple citándose cuál fue la fuente de donde se obtuvo el artículo citado y se hace un link hacia la obra original.

La cita del autor original debe ser visible y no camuflada dado que si se camufla el link y el nombre del website autor, resulta evidente que existe una intención de ocultar al verdadero autor de la obra para apropiarse de la misma y por ende violar sus derechos de autor de ser reconocido como tal (los derechos morales arriba mencionados).

Haciéndose un link al artículo original se cumple además el respeto a los derechos patrimoniales del autor dado que incluso se está promocionando la obra original para beneficio del autor de la misma derivándose tráfico hacia su website.

Pero además la cita debe de ser una cita, es decir no puede se que la obra de un tercero sea reproducida íntegramente sin que exista ningún aporte por parte de la persona que está haciendo la cita. Yo cito para comentar o criticar una obra. Pero si mi artículo se limita a reproducir en su integridad el artículo original se podría sostenter que también se están violando los derechos de autor.

La clave acá usada por alguna jurisprudencia es determinar si al citarse la obra de alguien se crea algo nuevo con los aportes del que está citando. Esto es bastante difícil de determinar algunas veces y deberá analizarse caso por caso.

En el caso de las imágenes por eso el tema es más estricto dado que difícilmente puede modificarse una imagen he ahí que la recomendación es o bien usar un stock de fotos libre como la foto que usamos en este artículo (al final de este artículo usted podrá apreciar la cita que hacemos hacia el autor de la fotografía) o bien tomar sus propias fotos incluso del mismo internet usando programas que capturan imagenes de la pantalla de su computadora.

La información dada en este artículo tiene un carácter general, cada caso concreto debe ser examinado por un abogado a fin de tener una respuesta precisa a su problema; si tiene alguna duda o problema relacionado no dude en ponerse en contacto con nosotros, escribiendo a a webmaster@tuasesorvirtual.com para concertar una cita ya sea en nuestras oficinas de Lima o Trujillo.

La foto via StockXchng

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Publicado en: Negocios, Propiedad Etiquetado como: abogados peru, autor, blogs, cita, como hacer in blog, derechos de autor

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