Un lector consulta:

«pueden embargarte cosas de la casa en que vives pero que no son tuyas»

La respuesta:

No no pueden embargarte las cosas de tu casa que no son tuyas.

El problema, sin embargo, está en determinar y probar qué cosas son tuyas y qué cosas no lo son.

Para eso deberás de tener facturas de absolutamente todo lo que es de terceros para que así cuando lleguen a embargarte muestres las facturas y demuestres que esas cosas pertenencen a una tercera persona.

Muchas veces será difícil tener las facturas y he ahí que hay otras alternativas como te comento luego.

Verifica además qué cosas en general te pueden embargar y qué cosas no (leer el artículo ¿Me Pueden Embargar Todos Mis Bienes?).

Tu consulta es un problema usual por nuestra realidad en donde por ejemplo muchos hijos se casan y siguen viviendo con sus padres. Dada la inexperiencia de los hijos muchas veces éstos se sobrendeudan y viene el riesgo de un embargo y la angustia que producto de esas deudas vayan a llevarse las cosas de los papás.

Tener las facturas es una solución pero si no las tienes una solución aternativa es que queda absolutamente claro que la persona con la deuda vive en un sitio totalmente independizado de la casa con cosas propias que no se comparten con el resto.

Los abogados de los acreedores cuando embargan y perciben esta situación y que no están ante un acto simulado generalmente van a respetar esta situación y no tomarán las cosas de las otras personas.

Si es necesario sería conveniendo incluso tener un contrato de arrendamiento con fecha cierta (una escritura pública por ejemplo) que determine claramente la condición de inquilino de la persona deudora que vive en la casa y se especifíque qué cosas son de esta persona deudora y qué cosas no lo son.

Obviamente la mejor recomendación será siempre tener facturas y que los documentos estén a la mano para cuando lleguen los acreedores con el personal del juzgado y poder explicarles esta situación especial.

La información dada en este artículo tiene un carácter general aplicable a Perú, cada caso concreto debe ser examinado por un abogado a fin de tener una respuesta precisa a su problema. Este artículo o los comentarios y sus respuestas no genera relación cliente abogado. Si tiene alguna duda o problema relacionado no dude en ponerse en contacto con nosotros para concertar una cita. Tenga en cuenta además que la ley cambia y que lo escrito pueda ya no estar vigente.