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asesoría

19/04/2010 by avillanueva 1 Comment

Cuánto tiempo tengo para impugnar un acuerdo que se hizo en una Junta General de Accionistas de una Sociedad Anónima

Las personas usualmente saben cuando alguien les está atropellando en sus derechos pero justamente como son víctimas de un ataque legal a veces quedan aturdidas y no recurren en forma inmediata a un abogado.

El problema de no recurrir en forma inmediata a un abogado es que muchas veces la falta de acción inmediata hace que muy poco se pueda hacer por algún daño que pudieran haber sufrido dado que la ley pone plazos para que uno pueda accionar judicialmente en protección de sus derechos.

En el caso de las sociedades anónimas que se encuentran reguladas por la Ley General de Sociedades los plazos además son más cortos dado que la ley no quiere que las sociedades comerciales puedan verse paralizadas frente a la eventualidad de futuras acciones.

La Ley General de Sociedades señala por eso que para impugnar un acuerdo tomado en Junta General de Accionistas yo tengo los siguientes plazos:

  • 2 meses desde la adopción del acuerdo a que se refiere el artículo 139 de dicha Ley si el accionista concurrió a la junta.
  • 3 meses si es que no concurrió en los mismos supuestos del punto anterior.
  • 1 mes si se tratan de acuerdos que se inscribieron en los Registros Públicos.
  • 1 año si se trata de una acción de nulidad contrario a normas imperativas o a causales de nulidad previstas en el Código Civil.

La Ley General de Sociedades prevé además una serie de requisitos para realizar las impugnaciones cosa que su abogado lo deberá de orientar en forma previa a cualquier junta de accionistas que asista para evitar verse perjudicado.

Debe tener en cuenta asimismo que las empresas pueden usar una serie de mecanismos para hacer que se le venza el plazo como no extender las actas con los acuerdos u otros mecanismos que un abogado con experiencia en temas de asesoría comercial de empresas deberá de orientarlo.

La información dada en este artículo tiene un carácter general aplicable a Perú, cada caso concreto debe ser examinado por un abogado a fin de tener una respuesta precisa a su problema. Este artículo o los comentarios y sus respuestas no genera relación cliente abogado. Si tiene alguna duda o problema relacionado no dude en ponerse en contacto con nosotros para concertar una cita. Tenga en cuenta además que la ley cambia y que lo escrito pueda ya no estar vigente.

Filed Under: Comercial, Negocios, Temas Legales Tagged With: abogado, Abogados, accionista, accionistas, actas, acuerdo, asesor, asesoría, concertar una cita, derechos, empresa, empresas, impugnación, impugnación de acuerdos, junta general de accionistas, la junta, legal, ley, nulidad de acuerdos, registros públicos, sociedad anónima, sociedades, sociedades comerciales

12/04/2010 by avillanueva Leave a Comment

Cómo se transfieren las acciones de una sociedad anónima, como me puedo oponer

abogados

En este caso nos vamos a referir exclusivamente a las sociedades anónimas que no se encuentran supervisadas por la Conasev ni cotizan en la Bolsa de Valores de Lima.

Se trata así del caso de la mayoría de empresas que generalmente se constituyen en sociedades anónimas cerradas para desarrollas ideas de negocios de las más diversas y en donde los accionistas son amigos o familiares que tuvieron el sueño del negocio propio.

Ocurre, sin embargo, que llega un momento que por diversas razones yo quiero dejar la sociedad y necesito vender mis acciones, en tal caso ¿qué es lo que debo de hacer?

1. Documento Privado de transferencia – certificado de acciones. La transferencia de acciones en este tipo de sociedades se realiza simplemente mediante un documento privado. Puede ser una compra venta o cualquier otra modalidad para transferir propiedades como una donación por ejemplo.

La entrega del Certificado de Acciones será necesario en caso de haberse emitido los mismos.

2. Respeto al derecho de preferencia. Siempre se deberán revisar los estatutos para verificar si hay pactado un derecho de preferencia para que el resto de accionistas compren las accionas antes que un tercero.

3. Comunicación a la sociedad. Hecha la transferencia se deberá de comunicar la misma a la sociedad para que esta lo anote en el Registro de Matrícula de Acciones de la sociedad.

4. Comunicación a la Sunat. Se deberá proceder a comunicar a la Sunat la transferencia de las acciones dentro de los 10 días hábiles siguientes al mes en que se realizó la transferencia de acciones según lo dispone la Ley del Impuesto a la Renta.

La transferencia de acciones de una sociedad tiene varias aristas a ser consideradas en cada caso específico y por eso siempre será prudente que se cuente con una asesoría legal para evitar problemas futuros.

La información dada en este artículo tiene un carácter general aplicable a Perú, cada caso concreto debe ser examinado por un abogado a fin de tener una respuesta precisa a su problema; si tiene alguna duda o problema relacionado no dude en ponerse en contacto con nosotros, escribiendo a webmaster@tuasesorvirtual.com para concertar una cita.

Filed Under: Capacitación, Comercial, Negocios, Temas Legales, Trámites y tips Tagged With: abogado, Abogados, accionista, accionistas, asesor, asesoría, asesoría legal, bolsa de valores de lima, compra venta, concertar una cita, del negocio, empresas, ideas de negocios, impuesto a la renta, la bolsa de valores de lima, mayoría, negocio propio, Negocios, Propiedad, propiedades, razones, sociedad anónima, sociedades

05/04/2010 by avillanueva Leave a Comment

¿Qué derechos tengo como accionista de una empresa? ¿si soy accionista minoritario no puedo hacer nada?

abogados

En toda empresa formada como una sociedad anónima, en cualquiera de sus formas (le recomiendo leer Las Distintas Formas de Sociedades Anónimas, ¿Cuál es la Mejor para mi Idea de Negocios?), hay accionistas mayoritarios y accionistas minoritarios.

Si bien una sociedad anónima se dice que es una dictadura de las mayorías, lo que puede hacer el accionista mayoritario tiene algunas limitaciones en protección de los accionistas minoritarios.

La Ley General de Sociedades prevé por eso una serie de protecciones que cualquier accionista minoritario puede implementar si cree que sus derechos vienen siendo “pisoteados” por los mayoritarios.

Esos derechos van desde el simple derecho a solicitar información hasta la posibilidad de iniciar acciones judiciales de responsabilidad por un mal manejo que los mayoritarios puedan estar haciendo de la sociedad.

Es muy importante por eso que si usted es un accionista mayoritario conozca los límites legales de lo que puede hacer para no dar pie a ninguna acción legal por parte de los accionistas minoritarios. A veces es el desconocimiento de dichos límites lo que lleva a una confrontación legal judicial que fácilmente se podría hacer evitado con una correcta asesoría legal.

Por su parte si usted es un accionista minoritario debe de saber que tiene varios derechos que le asisten  que debe de hacer respetar dado que finalmente usted ha invertido en la sociedad y tiene dinero cuya rentabilidad debe de cuidar.

La información dada en este artículo tiene un carácter general aplicable a Perú, cada caso concreto debe ser examinado por un abogado a fin de tener una respuesta precisa a su problema; si tiene alguna duda o problema relacionado no dude en ponerse en contacto con nosotros, escribiendo a webmaster@tuasesorvirtual.com para concertar una cita.

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24/11/2009 by avillanueva Leave a Comment

¿Qué puedo hacer si el médico o doctor que me ha visto, atendido u operado me ha hecho daño? ¿tengo derecho a una indeminización por mala práctica médica?

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La salud es muy importante y recién nos damos cuenta cuando caemos enfermos. La tragedia sin embargo, es cuando caemos ante malos profesionales médicos o doctores que quieren lucrar o ganar dinero con uno a costa de nuestras enfermedades.

No está mal que un médico gane dinero con su profesión el problema surge cuando siguen algunas veces procedimientos más largos para cobrarnos más dinero, procedimientos que incluso pueden poner en riesgo nuestra  salud.

Existen leyendas urbanas de médicos que algunas veces podrían estar operando por apendicitis simples dolores de estómago para simplemente ganar dinero con ello dado que  por la operación pueden cobrar más y ganar más dinero.

Existe sin embargo, la posibilidad que el médico también se equivoque en su diagnóstico y más allá de un afán de lucro haya sido negligente.

Si usted sospecha que ha pasado una u otra cosa tenga en claro que tiene derecho a reclamar los daños y perjuicios que le puede haber causado la conducta dolosa o negligente de ese médico o doctor.

Es muy importante que tenga en cuenta que debe de tratar de documentar de la mejor manera posible cualquier relación que tenga con el médico, desde recetas, facturas, fechas de las citas etcétera. Guarde absolutamente todo dado que mañana esos documentos pueden ser la prueba para acreditar cualquier actitud negligente del médico.

Apenas sospeche que usted ha sido víctima de una mala práctica médica busque asesoría legal inmediata para que el abogado lo guíe de la mejor manera posible en la defensa de sus derechos. Acuérdese que dependiendo de cada caso concreto tiene derecho a demandar no solo al médico sino también a la clínica u hospital donde fue atendido.

La vía judicial no es la única alternativa. Previa evaluación que deberá hacer su abogado, puede ser recomendable negociar o acudir a la Comisión de Defensa al Consumidor del INDECOPI.

Si se trata de un pariente al cual le ha pasado esto y que incluso la mal praxis médica causó su muerte, sus herederos también tienen derecho a demandar los daños y perjuicios que dicha muerte les ha provocado.

Acuérdese que usted tiene derechos y que cualquier daño que le puedan haber causado puede ser compensado si usted hace valer los derechos que le asisten.

La información dada en este artículo tiene un carácter general. Si necesita una consulta personal escríbanos a webmaster@tuasesorvirtual.com Las consultas formuladas pueden ser moderadas y serán filtradas antes de ser pasadas a los abogados que las absuelven a fin de ser anónimas y evitar cualquier conflicto de intereses. Cada caso concreto debe ser examinado por un abogado a fin de tener una respuesta precisa a su problema, además tenga en cuenta que la ley cambia permanentemente y que lo escrito puede haber cambiado.

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Filed Under: Abogado, Capacitación, Daños & Perjuicios, Indemnizaciones, Litigios, Sucesiones, Temas Legales Tagged With: abogado, Abogados, abogados gratis, anestesia, anestesiologos, asesor, asesoría, asesoría legal, consultas, daños y perjuicios, demandar, derechos, dolo, doloso, enfermedades, enfermeras, equivocación, ganar dinero, herederos, indecopi, mal diagnóstico, mal praxis, mala practica, malos doctores, malos medicos, muerte, negligencia, negociar, pariente, responsabilidad médica

16/11/2009 by avillanueva 3 Comments

¿Cómo obtener una Licencia de Funcionamiento para una oficina y no morir en el intento?

En la práctica profesional he encontrado innumerables casos de personas que como tú son grandes emprendedores, pero que de inmuebles y leyes saben poco y desafortunadamente ven en esta experiencia una pesadilla.

Si tu caso es el de alguien que aún no tiene el local elegido, mi primer consejo es no alquilar o comprar un local sin antes haber pasado por la oficina de comercialización de la Municipalidad distrital a preguntar si el inmueble cuenta con zonificación compatible al uso que se le quiera dar.

Si se trata de un local ubicado dentro de un régimen de propiedad horizontal (edifico/galería) no alquilarlo o comparlo sin antes verificar que cuenta con el Certificado de Detalle de áreas comunes vigente.

Si ya estas embarcado en obtener la Licencia de tu oficina, a continuación encontrarás algunos tips que espero te servirán de guía para ahorrar, tiempo, dinero y sobrevivir en la gran aventura:

Antes que nada debes conseguir el TUPA de la Municipalidad Distrital, debe de estar publicado en la página web de la Municipalidad, esto no es otra cosa que la norma publicada donde podrás ubicar el trámite de la Licencia, los costos y sobre todo los requisitos, de esta manera podrás organizarte mejor.

Para lograr lo que todos conocemos como Licencia de Funcionamiento debes cumplir dos etapas, la Primera es la de Defensa Civil, primero que nada el municipio te solicitará el Certificado de Inspección de Detalle de las áreas comunes, (solo aplica para oficinas ubicadas en edificios o galerías) este es un pre requisito indispensable si pretendes permanecer más de seis meses en el local.

Si cuentas con el certificado puedes dar gracias a Dios pues es muy difícil obtenerlo y casi imposible que lo puedas tramitar por tu cuenta, sin el apoyo de la junta de propietarios del edificio/galería. Si la respuesta es negativa algunos municipios han implementado una inspección de áreas comunes que de arrojar un riesgo moderado te permite proseguir con el trámite pero sólo para una Licencia Temporal por seis meses.

Cumplido este requisito el siguiente paso será obtener el certificado de Defensa Civil de la misma oficina, los requisitos los ubicas en el TUPA de cada municipalidad pero a grandes rasgos, la municipalidad es competente para otorgártelo si la oficina no tiene un área de más de 500m2 o más de 20 computadoras instaladas . El Municipio te entrega un formulario y una vez cumplidos los requisitos, pagados los derechos y presentado el formulario, te programan la inspección.

Lo que suelen revisar los inspectores es que el local cuente con extintores en número y características adecuadas, luces de emergencia, que los tableros eléctricos sean de metal con llaves modernas y tengan un directorio de las llaves, el pozo a tierra, el botiquín de primeros auxilios y sobre todo el plan de contingencias que debe incluir un plano de evacuación con el mobiliario de la oficina y la constancia de capacitación al personal. En esta etapa te aconsejo contratar a una empresa de seguridad que te indique el número y características de los extintores, la ubicación de las luces de emergencia, te elabore el plan de contingencias y te capacite al personal, en la mayoría de casos ellos también te entregan el plano de la oficina con las rutas de evacuación.

Si tienes menos presupuesto y más tiempo te aconsejo acudir a dibujantes ubicados cerca de facultades de arquitectura y le lleves el croquis de la oficina y ellos te reproducirán el plano en Autocad y podrás pedir asesoría al personal de Defensa Civil de tu Municipio sobre la mejor ruta de evacuación según el mobiliario y la correcta ubicación de luces de emergencia y extintores, los Bomberos de tu distrito te podrían dar la capacitación que se requiere y el asesoramiento para la elaboración del plan de contingencias. Una vez realizada la inspección y si se confirma que has cumplido con los requerimientos recibirás tu certificado de Defensa Civil.

Si tu oficina tiene un área mayor a 500m2 o más de 20 computadoras no será competente el Municipio y será necesario que obtengas un certificado de detalle ante la Oficina de la Región del INDECI de tu jurisdicción, este certificado es un trámite mucho más complejo y minucioso. Y con su presentación estarás apto para solicitar la licencia.

La segunda etapa es la de la Licencia de Funcionamiento, que se inicia paralelamente, a la de Defensa Civil en el Municipio, requieres completar un formulario que deberá ser suscrito por el representante legal de la empresa, adjuntar la ficha RUC, el DNI del representante y el contrato de arrendamiento y pagar los derechos de trámite. En esta etapa la administración inspecciona el local y comprueba que el local este ubicado en zonificación conforme y cuente con los estacionamientos idóneos.

Si cumpliste con verificar a priori si la zonificación es compatible y te informaron que el predio está inscrito como Oficina, será común que te requieran la justificación de los estacionamientos pero tranquilízate ya no es legalmente necesario que lo acredites pues el Municipio ya lo exigió para la licencia de obra aprobada al constructor. Ahora bien el tema de los estacionamientos no es crítico porque se tiene la posibilidad de arrendar espacios en playas de estacionamiento particulares.

En lo que se refiere a plazos mucho dependerá del empeño que le pongas a la tarea y de las velocidades del Municipio, en promedio por mi experiencia calculo una semana para la implementación de la oficina y la obtención de los requisitos y un mes para el trámite municipal.

En el caso que la licencia sea declarada improcedente por algún motivo, no te desanimes aún existe la posibilidad de presentar dentro de los plazos de Ley, los recursos de reconsideración o de apelación de acuerdo al caso. Para lo cual si requieres de la asesoría de un abogado especializado.

La información dada en este artículo tiene un carácter general. Si necesita una consulta personal escríbanos a webmaster@tuasesorvirtual.com Las consultas formuladas pueden ser moderadas y serán filtradas antes de ser pasadas a los abogados que las absuelven a fin de ser anónimas y evitar cualquier conflicto de intereses. Cada caso concreto debe ser examinado por un abogado a fin de tener una respuesta precisa a su problema, además tenga en cuenta que la ley cambia permanentemente y que lo escrito puede haber cambiado.

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09/11/2009 by avillanueva Leave a Comment

¿Transo o me voy a juicio? A quién le pago primero ¿a mi proveedor de materias primas o al banco?

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La Ley General de Sociedades establece una obligación de lealtad de los administradores de una empresa. Si el administrador no es leal a la empresa será responsable personalmente siempre y cuando exista dolo, abuso de facultades o negligencia grave .

Resulta claro que la lealtad de los administradores es a la empresa misma.

Lo que a veces puede ser confuso, sin embargo, es a qué intereses son los que se deben servir a través de la empresa y consecuentemente a qué intereses uno tiene que ser leal como administrador para no incurrir en responsabilidades personales.

La confusión se genera por que la Ley General de Sociedades establece una serie de previsiones en favor de los intereses de los accionistas de una empresa pero también en favor de terceros y en especial en favor de los acreedores de la misma.

El problema se suscita por que muchas veces los intereses de los accionistas pueden estar en conflicto con los intereses de los acreedores, o inclusive pueden haber intereses contrapuestos entre diversos acreedores, como el título de este artículo lo anticipa.

En tal situación el análisis de lealtad hacia la empresa ¿a favor de qué intereses se debe de realizar? ¿debo ser leal a los intereses de los accionistas? ¿a los intereses del acreedor? o, ¿a los intereses de un acreedor frente al otro acreedor?

En ese conflicto de intereses, los administradores de una empresa siempre se encuentran entre la espada y la pared y si bien hay un dicho indú que dice que cuando dos elefantes se pelean lo mejor es quitarse de en medio, no creemos que ese dicho deba ser seguido en este caso y por eso es objeto de este artículo dar una serie de recomendaciones para salvaguarda de los administradores de la empresa en la toma de sus decisiones. Además pretendemos aclarar esa aparente confusión de lealtades que como veremos no es tal por que los administradores siempre deben ser leales a la empresa y a nadie más.

A continuación desarrollamos un caso hipotético para poner en evidencia como los intereses de los accionistas pueden estar en conflicto con la de los acreedores.

Luego desarrollaremos las recomendaciones que sugerimos que los administradores de una empresa deben de seguir para evitar que se les impute algún tipo de responsabilidad personal ante tales situaciones para finalmente dar nuestras conclusiones.

El caso de Trafa S.A. y su dilema de ir a juicio o transarlo

Lucho es Director y Gerente General de la empresa Transportes Familiares S.A. (más conocida por sus siglas Trafa S.A. o sea Trafasa) A pesar de su equívoco nombre, Trafasa es una empresa respetada en el mercado.

Trafasa, tuvo que acelerar la renovación de su flota de camiones dado que por el incremento de la gasolina tenía que reducir sus costos de operación y los camiones nuevos le iban a dar una mayor eficiencia en el consumo de combustible y en su mantenimiento.

Para hacer esa renovación Trafasa tomó un leasing con un banco local por dos millones de dólares. El soporte financiero del leasing y del negocio estaba respaldado por un contrato que tenía con la empresa Textiles Famosos Los Loros S.A. (más conocida por sus siglas TeFallo S.A.) El contrato básicamente acordaba que Trafasa iba a hacer el transporte de los productos de TeFallo a distintas partes del país desde las dos fábricas que tenía TeFallo en Lima. El contrato tenía una duración de 5 años e iba a permitir el pago del leasing.

Durante el primer año todo marchó correctamente pero luego, a raíz de que una de las fábricas de TeFallo sufrió un incendido, el gerente de TeFallo llama a Lucho y le dice que a raíz del incendio ahora sólo tiene una sola fábrica y solo necesita la mitad del transporte, así que el contrato se debe reducir a la mitad.

Lucho inmediatamente, llama a su Directorio a una reunión de emergencia. A esa reunión también invita al abogado de la empresa. El tema era muy delicado y grave. [Read more…] about ¿Transo o me voy a juicio? A quién le pago primero ¿a mi proveedor de materias primas o al banco?

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