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Familia

05/11/2009 by avillanueva 1 Comment

Crisis económica y litigios. A menos dinero más juicios

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La crisis financiera internacional no solo ha generado conflictos a nivel empresarial, sino también a nivel de familiar.

A continuación un artículo a modo de entrevista, donde sostengo que los abogados especialistas en procesos judiciales deben buscar agotar todas las opciones de negociación posible, y así evitar en lo posible, llegar al litigio.

¿Cree usted que existe una correlación entre la existencia de una crisis económica en un país y los litigios judiciales?

Definitivamente existe una correlación. Generalmente en épocas de crisis económica el número de litigios aumenta debido a una serie de factores, puede ocurrir que una persona se quede sin trabajo y no pueda pagar sus deudas de tarjeta de crédito o su hipoteca, el banco en tal supuesto se verá obligado a iniciar una cobranza judicial de la deuda. Al respecto la Universidad de Harvard y el JOHN M. OLIN CENTER FOR LAW, ECONOMICS, AND BUSINESS han publicado un interesante estudio sobre el incremento de litigios en la crisis crediticia de los años 2007 y 2008 en los Estados Unidos.
Pero el incremento de litigios en casos de crisis económicas también se da en el campo de los negocios o incluso el familiar.

¿Cómo así en los negocios y en la familia?

Bueno en épocas de bonanza económica las empresas evitan entrar en litigios, si existe alguna controversia las empresas tienden a negociar sus diferencias teniendo como perspectiva los nuevos negocios que puedan surgir. En épocas de crisis las posibilidades de nuevos negocios tal vez estén cerradas y por eso las partes tal vez preferirán recurrir al Poder Judicial.
En el campo familiar el incremento de litigios se da en los procesos judiciales de pago de alimentos. Paradójicamente si bien una crisis económica agrega tensiones familiares (eventualmente la familia deberá de reducir su ritmo de gastos por la falta de dinero), los divorcios disminuyen dado que producto de la misma crisis las parejas no están preparadas a afrontar los gastos de vivir separados. Esto último se encuentra estadísticamente comprobado por ejemplo en España tal como lo destaca un artículo publicado en el diario inglés The Guardian que muestra cómo la cantidad de divorcios en España ha disminuido producto de la crisis económica.

Ante esto ¿qué es lo que debemos de esperar de los abogados dedicados a litigios?

Considero que debemos de ser más creativos y más creativos a fin que, a pesar de cualquier crisis económica, podamos encontrar alternativas negociadas que satisfagan los intereses de nuestros clientes y de la contraparte en controversia para así evitar el litigio. Tradicionalmente en el Perú existía la figura del abogado litigante o del abogado procesalista que trataba de llevar a las partes hacia un litigio sí o sí, esa figura en los últimos años ha ido cambiando y creo que ese cambio no debe ser detenido. Hoy en día, el abogado procesalista se ha convertido más en un abogado experto en la solución de conflictos donde el litigio es sólo el último recurso ha ser usado cuando las alternativas de negociación se agoten y cuando el litigio sean en realidad una alternativa donde nuestro cliente pueda tomar resultados positivos.

¿La conciliación extrajudicial a cargo del Ministerio de Justicia sigue siendo una opción válida?

Definitivamente que sí. Al respecto resulta encomiable la labor del Ministerio de Justicia que ha venido supervisando adecuadamente los centros de conciliación que se han convertido en un filtro efectivo para llegar a soluciones negociadas aunque discrepo que en algunos distritos judiciales la conciliación sea obligatoria.
Personalmente he logrado muchas conciliaciones exitosas cuando las negociaciones privadas no eran posibles dado que las partes se sienten más confortables de negociar ante un tercero, el conciliador.

La información dada en este artículo tiene un carácter general. Las consultas formuladas pueden ser moderadas y serán filtradas antes de ser pasadas a los abogados que las absuelven a fin de ser anónimas y evitar cualquier conflicto de intereses. Cada caso concreto debe ser examinado por un abogado a fin de tener una respuesta precisa a su problema, además tenga en cuenta que la ley cambia permanentemente y que lo escrito puede haber cambiado.

La foto vía Stock.Xchng

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28/03/2009 by avillanueva 20 Comments

¿Quiénes pueden adoptar niños o niñas? ¿lo puede hacer una persona soltera?

Nos consultan:

“Tengo 50 años/40 años quiero adoptar una bebita recien nacida soy una mujer soltera y sin compromiso, tengo un trabajo estable, ahora quiero tener mi propia bebe para darle todo mi amor y quiesiera que por favor me informe como puedo hacer posible esto.”

La respuesta:

En el Perú las personas solteras sí pueden adoptar niños y los rangos de edad de 40 a 50 años son totalmente admisibles para la adopción de niños o niñas.

En la página web de la Secretaría Nacional de Adopciones del Ministerio de la Mujer se puede leer expresamente lo siguiente respecto a los criterios de evaluación para un proceso de adopción:

“3. Criterios de evaluación para declarar aptos a los solicitantes

Deben ser emocionalmente estables, demostrar capacidad afectiva, respeto y aceptación hacia la niña, el niño o adolescente por adoptar. Deben acreditar solvencia moral y contar con recursos intelectuales normales, considerándose en el caso de las parejas, que por lo menos uno de los cónyuges tenga secundaria completa o su equivalente. Además deben tener estabilidad económica y condiciones de vivienda que garantice la atención de las necesidades básicas de la niña, el niño o adolescente por adoptar.

Los adoptantes deben ser de preferencia casados, menores de 55 años de edad y por lo menos 18 años mayores que la niña, el niño o adolescente que desean adoptar. Los adoptantes solteros deben ser preferentemente mayores de 30 y menores de 45 años y son propuestos con niños/as mayores de 5 años o de la Campaña Ángeles que Aguardan, tomando en consideración el interés superior del niño.” 

Pueden leer esta información y otra adicional directamente en el website del Ministerio de la Mujer haciendo click aquí en este link.

Aprecien como es que se dice que los solicitantes de una adopción deben ser preferentemente casados pero eso no implican que deben de serlo necesariamente.

Existen un proceso de evaluación riguroso para el proceso de adopción donde lo prioritario es el análisis del bienestar del menor. No se trata de darle al adoptante un niño o niña sino de darle al niño o niña una familia.

Ser soltera o soltero no es por eso un obstáculo para adoptar aunque el proceso puede ser más difícil y será importante analizar las condiciones y el escenario familiar que rodea a esa persona soltera.

Acuérdese que el proceso de adopción es totalmente gratuito. Les recomiendo leer con cuidado toda la información que el website del Ministerio de la Mujer tiene y en especial la parte de preguntas frecuentes que puede encontrar haciendo click aquí en este link.

Les recomiendo además leer el artículo que antes he escrito sobre este tema Como Puedo Adpotar un Niño o una Niña en el Perú haciendo click aquí en este link.

Visite o entre en contacto directo con la Secretaría Nacional de Adopciones sito en Jr. Camaná 616, Cercado de Lima. Teléfono 626-1600 anexo 4021

La información dada en este artículo tiene un carácter general. Las consultas formuladas pueden ser moderadas y serán filtradas antes de ser pasadas a los abogados que las absuelven a fin de ser anónimas y evitar cualquier conflicto de intereses. Cada caso concreto debe ser examinado por un abogado a fin de tener una respuesta precisa a su problema, además tenga en cuenta que la ley cambia permanentemente y que lo escrito puede haber cambiado.

La foto vía Stock.Xchng

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14/03/2009 by avillanueva 46 Comments

Cuánto se debe de pagar por alimentos a los hijos si estoy separado o divorciado

Un lector consulta:

“yo keria saber como puedo hacer para poder ver a mi hija y cuanto tengo que darle como mantencion ya que yo con su mama no vivimos juntos.. mi sueldo es de 600 sin incluir lo que me descuentas del seguro que sale como 80 soles mensuales… que tengo que darle a mi hija si tengo que brindarle una vivienda.. mejor dicho que deberes debo tener con mi hija y que derechos “

La respuesta:

La suma a pagar por alimentos varía dependiendo de cada caso concreto. No existe ni puede existir una suma fija predeterminada a pagar por alimentos (imagínese de existir una suma predeterminada, los juicios o con mayor propiedad procesos de alimentos serían casi automáticos).

La determinación del pago de alimentos depende de tres aspectos esenciales que deben de concurrir y que deben de ser acreditados en el proceso:

  • 1. La existencia de una vinculación establecida por la ley que determine el pago de alimentos. En otras palabras la ley debe de decir que debo pagar alimentos dado que por ejemplo soy el padre de mis hijos y tengo un deber de sustentar a los mismos. Una persona totalmente extraña a mí no podría pedirme alimentos si es que la ley no dice que existe esa obligación.
  • 2. Estado de necesidad de la persona que los pide. Es decir la persona que me pide alimentos debe en realidad necesitarlos, tener una necesidad alimentaria. Acreditar ese estado de necesidad es esencial por ejemplo en casos de separaciones entre el esposo y la esposa. Muchas veces hay el criterio equivocado que la esposa separada tiene automáticamente derecho a alimentos pero puede ocurrir que la esposa está trabajando y gana más dinero que el esposo y no tiene ningún estado de necesidad y por ende su solicitud de alimentos eventualmente no prosperará.
  • 3. Capacidad económica de la persona obligada a dar alimentos. Este tercer aspecto debe también concurrir con los otros dos. Yo como padre puedo deberle alimentos a mi hijo de 3 años (cumplimiento del primer requisito), mi hijo de 3 años necesita alimentos por que resulta evidente que no puede valerse por sí mismo y está en estado de necesidad (cumplimiento del segundo requisito, advierta que no interesa si la mamá es millonaria dado que mi deber de alimentos es con mi hijo), pero, puede ocurrir que yo no tenga capacidad económica y entonces faltará este tercer requisito y no estaré obligado a pasar alimentos o deberé pagar en todo caso una suma menor.

Cabe señalar que los jueces, justificadamente, son muy inflexibles al momento de evaluar el tercer requisito de capacidad económica dado que muchas personas en una forma pícara ocultan sus ingresos reales.

Como ya señalé la suma a pagar alimentos por otro lado variará de caso en caso dado que la idea de los alimentos es que los mismos sean pagados de acuerdo al estatus o nivel económico de la familia y tiene como objetivo que dicho estatus se vea afectado en lo menos posible.

Así si yo estando casado pagaba a mis hijos un colegio particular de U.S.$500 dólares mensuales, cuando me separo deberé de seguir pagando dicha suma por colegios. En el caso de otras familias donde los hijos pagan por colegios la suma de U.S.$100 dólares mensuales entonces se deberá seguir pagando esa suma o similar y evidentemente aumentar la cifra si hay un aumento en la pensión de esa categoría de colegios.

El mismo análisis se hace en todos los gastos alimenticios y he ahí las variaciones de los alimentos a pagar entre una familia y otra.

Es importante para estos efectos poder acreditar al juez el status o nivel económico de la familia para que los alimentos vayan en forma acorde con dicho estatus.

Recomiendo leer además el artículo Me pueden Embargar Todos mis Bienes. El Límite Máximo en caso de Alimentos.

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10/10/2008 by avillanueva

Como puedo adoptar un niño o niña en el Perú

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El proceso de adopción en el Perú se encuentra supervisado por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social.

El proceso consta de tres etapas.

La primera es la de evaluación, la segunda de integración y la tercera de supervisión.

La adopción la pueden hacer tanto personas solteras como casadas aunque se da preferencia a estas últimas.

Los parámetros basicamente son que los adoptantes deben ser de preferencia casados, menores de 55 años de edad y por lo menos 18 años mayores que la niña, el niño o adolescente que desean adoptar.

Los adoptantes solteros deben ser preferentemente mayores de 30 y menores de 45 años y son propuestos con niños/as mayores de 5 años o de la Campaña Ángeles que Aguardan, tomando en consideración el interés superior del niño.

Pueden adoptar tanto peruanos como extranjeros pertenecientes a países que tengan tratados con Perú. Tampién pueden adoptar parejas conformadas por peruanos con extranjeros. [Read more…] about Como puedo adoptar un niño o niña en el Perú

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17/02/2008 by avillanueva 8 Comments

Un divorcio rápido, fácil y barato – los mitos falsos de un divorcio

Rocío, la esposa de Lucho, está harta de su esposo, ella siente que los años se le pasan y que necesita algo que Lucho no le da. Rocío siente además a Lucho distante y que su matrimonio con él no era lo que ella esperaba. Ella conoce a varias de sus amigas que ya se han divorciado y piensa para sí misma la vida es corta y hay que vivirla. Después de una fuerte discusión con Lucho, Rocío comienza a considerar el divorcio y no sabe por donde empezar. ¿Qué tiene que hacer Rocío? ¿Un divorcio puede ser rápido, fácil y barato?

Rocío está recien en la etapa previa de un divorcio, la decisión aún no la ha tomado y tal vez lo primero que haga Rocío es consultar informalmente y discretamente a un abogado en una reunión social o incluso ir a buscar al abogado que le vio el divorcio a su amiga. Rocío está llena de mitos y leyendas urbanas sobre lo que es un divorcio.

Si usted quiere divorciarse lo mejor es hacerlo de mutuo acuerdo y no dejarse guíar por esos falsos mitos del divorcio. Un divorcio jamás es rápido, fácil ni barato.

Los Mitos Falsos del Divorcio

1. El primer mito de un divorcio es que es rápido. Eso es absolutamente falso, el divorcio en el Perú no es rápido, si usted está de acuerdo con su pareja y la fiesta se lleva en paz un divorcio puede tomar en promedio entre 6 meses a un año. Si hay conflicto puede llegar a 2 o 3 años.

Con el divorcio rápido notarial o municipal el plazo se ha acortado pero las partes deben estar de acuerdo en absolutamente todo y si tienen hijos o bienes deben de ir a un proceso conciliatorio previo y hacer una Separación de Patrimonios por Escritura Pública.

2. La ley me va a protejer y no puedo estar peor de lo que estoy ahora. Esto también es falso, la ley no lo va a protejer y decimos esto no por que la ley peruana sea mala o por que sea pro esposo o pro esposa, sino por que un divorcio involucra aspectos que van más allá del alcance de la ley.

Sólo para poner un ejemplo, un juez podrá decir que la pareja está divorciada y darle el 50% de los bienes a cada uno de ellos, pero esa decisión no le va dar a usted ninguna protección financiera. El juez no puede protejerlo a usted de los problemas financieros que involucra dicha separación económica y menos aún los problemas personales.

3. Un divorcio es barato. Absolutamente falso, los divorcios son caros y muy caros. No solo por que involucra el pago de honorarios de un abogado que es lo de menos (puede conseguir de todos los precios y por ende de todas las calidades) sino por que financieramente la pareja va a perder mucho dinero en el proceso.

Rocío ahora vive con Lucho en una casa alquilada que le cuesta 300 dólares mensuales, no viven un una casa más cara por que no pueden pagarla o por que están ahorrando para comprarse una casa. Cuando se divorcien Rocío va a tener que pagar una casa para vivir y Lucho va a tener que pagar otra casa para vivir. Si gastaban 300 dólares en vivienda, ahora van a tener que gastar más por tal concepto o perjudicar su calidad de vida viviendo en una casa más barata de inferior calidad.

4. Todos los problemas del divorcio se van a ver en el juicio y el juez va a decidir todo. Igualmente falso. En un proceso judicial de divorcio sólo se ven algunos aspectos de su relación personal, usted puede perder financieramente mucho dinero si no llega a un arreglo fuera de juicio con su pareja. Y ni hablar de los aspectos personales o si tiene hijos.

Hay parejas que entran en unas luchas judiciales infinitas por el régimen de visitas pero no se dan cuenta que ese régimen de visitas tal vez nunca llegue a funcionar, o si funciona le va a durar pocos años. Si usted se está divorciando y su hijo tiene 10 años, cuando termine el juicio tal vez su hijo tendrá 13 años, casi un adolescente, ¿usted cree que un adolescente de 13 o 14 años no va a decidir cuando quiere ver a su papá o mamá? ¿Usted cree que un adolscente no va a ir a verlo si le da la gana más allá de lo que diga una sentencia judicial?

5. El abogado va a decidir todo y va a negociar con mi pareja. Falso, las decisiones las tiene que tomar usted y el abogado deberá solamente explicarle sus derechos y alternativas. Resulta además una muy mala estrategia de negociación que su abogado negocie directamente con su pareja. Lo óptimo es que las partes negocien entre ellas por que ellas serán las afectadas, el abogado podrá y deberá exclusivamente orientar a su cliente y asesorarlo en la negociación.

Cuando dos empresas negocian, siempre negocian los dueños o ejecutivos de la empresa, con su abogado al costado quien en su momento tal vez orientará al empresario y negociará los términos legales, pero los económicos los decide y negocia siempre el empresario. Igual sucede en un divorcio usted es el mejor indicado para negociar.

6. Nunca más voy a verle la cara a mi pareja. Falso, si usted tiene hijos lo va a tener que ver hasta que se muera y va a tener que seguir negociando con su pareja siempre, he ahí que usted tiene que tener una excelente relación con su pareja.

Quien le dijo que un divorcio era fácil o que incluso se podía hacer todo por internet. El divorcio implica aspectos legales, personales y económicos.

Pídale a su abogado la asesoría legal y financiera adecuada en la toma de decisiones o sino su divorcio puede ser más caro de lo que debe ser.

La información dada en este artículo tiene un carácter general aplicable a Perú, cada caso concreto debe ser examinado por un abogado a fin de tener una respuesta precisa a su problema; si tiene alguna duda o problema relacionado no dude en ponerse en contacto con nosotros, escribiendo a webmaster@tuasesorvirtual.com para concertar una cita. Tenga en cuenta además que la ley cambia y que lo escrito pueda ya no estar vigente.

Filed Under: Divorcio, Familia, Litigios, Temas Legales Tagged With: abogado, Abogados, derecho, Divorcio, Familia, ley, mitos, peru

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